PERMISO DE TRABAJO EN ESPAÑA PARA ASILADOS Y SOLICITANTES

La Ley 12/2009, de 30 de octubre, en el artículo 32 expresa que en la condición de solicitante de asilo, o quienes hayan obtenido permiso de residencia temporal o de larga duración, en lo correspondiente a los derechos del solicitante, tendrán autorización para trabajar. Pero dicho derecho tiene sus particularidades.

En el caso de los solicitantes de asilo, con base en el artículo 18.1.a de la Ley 12/2009 y en lo correspondiente a los tiempos para resolver con base en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, artículo 42, el solicitante obtendrá el «Documento acreditativo de la condición de solicitante en tramitación de protección internacional», más conocido como Tarjeta Roja. La primera tarjeta que se entrega por la administración española no acredita el permiso de trabajo. Pasados seis meses, el solicitante debe presentarse ante las autoridades y solicitar la renovación del documento, sí al interesado no se le ha notificado de la denegación de la solicitud.

El documento acreditativo de la condición de solicitante en tramitación de protección internacional renovado indica que adicionalmente se tiene el derecho y permiso a trabajar junto a la advertencia que el documento no es habilitante para el cruce de fronteras. Sin dicha indicación expresa, el solicitante de acuerdo a lo establecido en la Ley Orgánica 4/2000 de 11 de enero, artículos 52 y 53, estará inmerso en infracciones leves y graves.

En los casos de quienes tienen el permiso de residencia temporal o de larga duración, el documento acreditativo de permiso de residencia expresa también el permiso de trabajo, el cual estará sujeto al tiempo que indique el documento en los permisos temporales. En ése caso, los términos de vigencias del documento temporal, el permiso tendrá la misma vigencia. Sin embargo, esto no quiere decir que una persona que se encuentre trabajando actualmente y su documento esté en por vencer, no pueda acceder a contratos de larga duración. Si bien, puede haber una modificación en la decisión de la administración y dentro de su autonomía pueda determinar que no se renueva el permiso, las legislaciones han modificado sus determinaciones facilitando el poder iniciar solicitudes de residencia por los diferentes arraigos como el social o el laboral.

Sin embargo, hay que mencionar que muchos empleadores en España, limitan la vinculación del trabajador a contratos a término fijo por el tipo de permiso de residencia. En muchos casos, son separados del cargo o actividad antes de cumplir el año, para evitar pasar a contratos de término indefinido.

Mónica Yanneth Marín Herrera.

Abogada / Colombiana

Activista Diáspora por el Cambio

Egresada Universidad Católica de Colombia

email: monicajmh@hotmail.com

Madrid-España 21/Noviembre/2022

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